El emprendimiento digital ha revolucionado la forma en que creamos contenido y conectamos con audiencias en todo el mundo.
Sin embargo, entre la emoción de la creatividad y la construcción de un negocio en línea, no debemos pasar por alto las importantes obligaciones legales y fiscales que conlleva esta actividad.
En este artículo, exploraremos todas las implicaciones de ser autónomo y las consecuencias legales de emprender sin darte de alta en Hacienda y Seguridad Social en España. Además, exploraremos ejemplos reales de situaciones en las que los emprendedores digitales podrían verse involucrados en violaciones legales sin ni siquiera darse cuenta.
¿Qué hay que tener en cuenta para hacerse autónomo?
Antes de analizar algunas de las preguntas más frecuentes que puedes tener a la hora de hacerte autónomo y desarrollar tu actividad por cuenta propia, vamos a tratar algunos temas importantes que debes conocer para no tener ningún susto durante tu emprendimiento como empresa individual en España.
Diferencia entre alta en Hacienda y el alta en Seguridad Social
Es importante entender la diferencia entre el alta en Hacienda y el alta en la Seguridad Social.
El alta en Hacienda se refiere a la inscripción en el Registro de Empresarios y Profesionales, y a la declaración y pago de impuestos correspondientes.
Por otro lado, el alta en la Seguridad Social implica registrarse como autónomo o empleado, y pagar las cotizaciones correspondientes.
En muchas ocasiones, ambos procesos son obligatorios dependiendo de tu situación, no obstante, hay excepciones. A continuación, analizamos algunas de ellas junto con otras preguntas habituales relacionadas con ser autónomo.
Tengo pensado iniciar una actividad por mi cuenta ¿qué tengo que hacer?
Si vas a empezar a trabajar por cuenta propia tendrás que:
- Darte de alta como autónomo en la Seguridad Social a través de Alta en trabajo autónomo.
- Darte de alta en el Impuesto de Actividad Económica (IAE) de Agencia Tributaria o Hacienda Foral.
Excepcionalmente, para algunos colectivos de autónomos que analizaremos más adelante, no es obligatorio darse de alta en Hacienda.

El alta en Seguridad Social
La información que necesitarás para darte de alta como autónomo en la Seguridad Social es:
- Tu Número de Seguridad Social (NUSS) o de Número de Afiliación (NAF).
- Tu documento de identidad (DNI o NIE).
- La fecha de inicio de la actividad.
- La estimación de tus rendimientos netos mensuales.
- Los datos del domicilio de la actividad profesional.
- Tus datos de contacto (teléfono móvil y email).
- El código del Impuesto de Actividad Económica (IAE) y el de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
- Un número de cuenta bancaria para domiciliar los pagos (IBAN).
El alta en Hacienda
Como norma general, todos los trabajadores autónomos tienen que darse de alta en Hacienda.
Quedan excluidos quienes pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
- Socios de cooperativas.
- Socios colectivos.
- Socios administradores.
- Religiosos.
- Familiares colaboradores.
- Familiares de trabajadores agrarios.
Para darte de alta en Hacienda, tienes que completar la declaración censal a través de los modelos 036 o 037 y presentarlo de forma electrónica o presencialmente en la Agencia Tributaria.
Ten en cuenta que el alta en la Seguridad Social debe coincidir con el alta en Hacienda. Ambas altas debes de realizarlas antes o en el mismo día de la fecha de inicio de la actividad, si lo haces después perderás el derecho a beneficios sobre la cuota y puede que se aplique algún recargo en tu cuota.
¿Cuándo tengo que darme de alta como autónomo? ¿Hay umbrales económicos?

La obligación de darte de alta como autónomo depende de factores como la habitualidad y la intención de lucro en tu actividad económica, más que de un monto de ingresos en particular.
La Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 305, considera que:
Estarán obligatoriamente incluidas en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos las personas físicas mayores de dieciocho años que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo
Esto significa que si tu actividad económica es recurrente y con intención de obtener beneficios, es probable que estés obligado a darte de alta.
Así, debes darte de alta en trabajo autónomo si vas a realizar de manera habitual una actividad económica por cuenta propia, y además tienes 18 años o más, eres español residente en España, o extranjero con permiso de trabajo.
Estás obligado a darte de alta como autónomo si vas a realizar una actividad económica de manera personal y habitual con independencia de los ingresos que la actividad genere. Si desempeñas varias actividades por tu cuenta, sólo tienes que darte de alta una vez.
Es importante entender que la obligación de darte de alta no se basa únicamente en ingresos, sino también en la naturaleza de tu actividad y otros factores legales.
Por lo tanto, es recomendable consultar directamente la legislación y recibir asesoramiento profesional para determinar si estás obligado a darte de alta como autónomo en función de tus circunstancias particulares.
La regla general es que deberás comunicar el alta el mismo día en el que empieces a trabajar por cuenta propia o hasta 60 días antes. Si te das de alta después de empezar a trabajar, se considerará que la fecha de alta es el primer día de ese mes, y pagarás la cuota del mes completo.
Si vas a tramitar el alta después de 90 días desde que iniciaste la actividad, tendrás que solicitar el alta enviando una solicitud.
Recuerda que darte de alta como autónomo es obligatorio. Si no lo haces a tiempo, para tener derecho a tus prestaciones, tendrás que ingresar las cuotas completas desde el inicio de la actividad con un recargo.

¿Cuánto hay que pagar al mes por ser autónomo?
Al darte de alta en la Seguridad Social, estás obligado a pagar una cuota mensual.
El importe mensual que tienes que pagar a la Seguridad Social vendrá determinado por la base de cotización elegida.
Para determinar su importe, debes tener en cuenta tus rendimientos.
El importe de tu base de cotización condiciona la cuantía de tus prestaciones; es decir, a mayor base, mayor será la prestación que recibirás cuando lo necesites.
La cuota a pagar se calcula a partir de los rendimientos que estimes tener a lo largo del año. Para hacer los cálculos puedes usar esta herramienta de la Seguridad Social.
¿Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada?
Si eres autónomo pero no estás generando ingresos en un período determinado, es importante comprender las implicaciones legales.
Incluso si no has facturado, es posible que sigas obligado a cumplir con ciertos requisitos fiscales y de Seguridad Social, a excepción de posibles bonificaciones. Esto significa que incluso si no estás generando ingresos, aún debes cumplir con las obligaciones de registro, notificación y en su caso abono de cuotas correspondientes.
Lo mismo ocurre si eres un autónomo sin actividad.

¿Qué es un autónomo sin actividad y cuáles son sus implicaciones?
Un autónomo sin actividad es aquel que está dado de alta en el régimen de la Seguridad Social pero no está generando ingresos de forma habitual. Aunque la legislación no establece un umbral específico de ingresos para considerar a alguien como autónomo sin actividad, es importante notar que seguirías sujeto a las obligaciones de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, incluso si no estás generando ingresos regulares.

¿Qué tipos de autónomos hay?
Según la actividad que vayas a realizar, podrás identificarte con uno de los siguientes colectivos de autónomos:
- Voy a trabajar por mi cuenta o negocio. Hace referencia al trabajador por cuenta propia que no está incluido en ninguno de los grupos siguientes.
- Trabajo con un cliente principal. Son los trabajadores autónomos que facturan a un mismo cliente el 75% o más de sus ingresos y que no tienen otros trabajadores a su cargo.
- Voy a constituir, tengo o formo parte de una sociedad. Autónomos societarios de sociedades de capital o sociedades laborales, entre otros.
- Soy titular de una explotación agraria. Titulares de una explotación agraria que además trabajan en ella de forma personal y directa.
- Voy a trabajar con un familiar autónomo. Familiares de hasta segundo grado que conviven y trabajan con un autónomo.
- Formo parte de una institución religiosa. Religiosos de la Iglesia Católica.
¿Me puedo dar de alta si soy extranjero y mi país de origen no pertenece a la Unión Europea?
Sí, en ese caso, para darte de alta necesitarás tu NIE, el Número de la Seguridad Social (NUSS) y el permiso de trabajo y residencia.
Si no dispones de NUSS, solicítalo desde el servicio Solicitar el número de la Seguridad Social.
Si ya tienes Número de la Seguridad Social y no lo recuerdas, consúltalo en tu Área personal.
¿Debo darme de alta como autónomo si además trabajo para una empresa?

Sí, todas las personas que trabajen por cuenta propia deben darse de alta como autónomos.
Si eres trabajador autónomo y además estás de alta como trabajador por cuenta ajena en la Seguridad Social, tu situación será de pluriactividad.
En este caso, la cobertura de la incapacidad temporal por contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral) en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos será opcional siempre y cuando cotices por ésta en el Régimen General. De igual modo, tienes derecho a la devolución del 50% del exceso cotizado por contingencias comunes en ambos regímenes. La Tesorería General de la Seguridad Social procederá a abonar el reintegro correspondiente en un plazo máximo de cuatro meses desde la regularización de cuotas de la Seguridad Social momento en el que se determinará ese importe.

¿Qué pasa si trabajo sin darme de alta?
La respuesta corta es que no estar dado de alta en la Seguridad Social y Hacienda mientras emprendes en línea puede tener serias repercusiones legales y fiscales.
Las leyes establecidas en la legislación española están diseñadas para proteger la integridad del sistema y garantizar una competencia justa en el mundo de los negocios.
Estar de alta en Seguridad Social el día de inicio de la actividad es una obligación. Si comunicas tu alta después de empezar a trabajar, se considerará que la fecha de alta es el primer día del mes y no podrás beneficiarte de descuentos en la cuota.
Además, se te podrá aplicar una multa de entre 3.750 y 12.000 € dependiendo de la gravedad y tendrás que pagar las cuotas correspondientes desde que la Administración tenga constancia de que iniciaste tu actividad.
Como puedes comprobar, operar sin cumplir con estas obligaciones puede resultar en multas, sanciones, una imagen dañada para tu negocio.
Incluso, si tu facturación alcanza los umbrales del delito fiscal que veremos más adelante, podrías acabar en un proceso criminal con penas de privación de libertad de hasta 6 años.
Además, estar en esta situación aumenta la posibilidad de ser considerado un falso autónomo, lo que conlleva implicaciones adicionales.
¿Cuánto se puede facturar sin ser autónomo?
Una de las preguntas más frecuentes entre emprendedores digitales es cuánto se puede facturar sin estar dado de alta como autónomo.
Sin embargo, es importante desmitificar este concepto y comprender que la obligación de darse de alta no depende de la cantidad facturada, sino de otros factores legales y de cumplimiento.
Como hemos visto, la normativa establece que "las personas físicas mayores de dieciocho años que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena, en los términos y condiciones que se determinen en esta ley y en sus normas de aplicación y desarrollo estarán obligatoriamente incluidas en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

En relación con esto veamos algunos conceptos importantes que podemos extraer del campo de aplicación del trabajo autónomo.
La Cantidad Facturada No Determina la Obligación.
A menudo se cree que existe un "umbral mágico" de facturación bajo el cual no es necesario darse de alta como autónomo.
Sin embargo, la legislación no establece un importe específico de ingresos como criterio único para la obligación de ser autónomo.
En su lugar, se enfoca en la habitualidad y la intención de lucro.
La Habitualidad y la Intención de Lucro
La Ley General de la Seguridad Social establece que deben darse de alta aquellos que ejerzan habitualmente actividades económicas a título lucrativo sin estar de alta en el régimen correspondiente. Esto significa que la habitualidad y la intención de lucro son factores clave. Si tus actividades económicas son frecuentes y tienen el propósito de obtener beneficios, es probable que estés obligado a darte de alta.
Evaluación de tu Caso Personal
No hay una respuesta única para cuánto se puede facturar sin ser autónomo, ya que las circunstancias varían según cada situación. Además de la cantidad facturada, otros factores, como la naturaleza de la actividad, la duración de las prestaciones de servicios y la relación con los clientes, también son considerados por las autoridades.
Si no estás en un supuesto especial, recuerda el criterio de habitualidad e intención de lucro.
La Importancia de Cumplir con tus Obligaciones
En lugar de enfocarse en evadir las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, es crucial priorizar el cumplimiento legal y operar de manera ética.
Evadir estas responsabilidades puede tener consecuencias negativas tanto para tu negocio como para tu reputación.

¿Qué se considera un falso autónomo?
Ser considerado un falso autónomo, es decir, trabajar como autónomo pero en realidad tener una relación laboral subordinada, puede tener consecuencias legales y fiscales. Si las autoridades determinan que estás operando como un falso autónomo, quien te emplea irregularmente podría enfrentar sanciones, multas e incluso penas de privación de libertad.
Por tu parte, ejercer una actividad económica sin estar en alta y además, evadir el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social puede resultar en la pérdida de derechos y beneficios asociados a la seguridad social, como asistencia sanitaria y pensiones además de las sanciones económicas y en su caso penales correspondientes.
Para saber más sobre este asunto de los falsos autónomos, pueden leer esta entrada del blog donde explicamos en detalle todos los pormenores de esta situación.
¿Cómo facturar un trabajo puntual sin ser autónomo?

Si realizas trabajos puntuales y esporádicos, es importante conocer cómo declararlos legalmente.
En España, si realizas trabajos esporádicos o puntuales por cuenta propia, debes darte de alta tanto en Hacienda como en Seguridad Social, incluso si no es tu actividad principal.
La legislación española no establece una exención automática para este tipo de trabajos, y la obligación de darte de alta dependerá de la habitualidad y la intención de lucro en la actividad.
En este sentido se establece que las personas físicas y jurídicas que satisfacen rendimientos a personas físicas por la realización de actividades profesionales y mercantiles están obligadas a retener e ingresar el impuesto correspondiente. Esto significa que, en muchos casos, si realizas trabajos puntuales o esporádicos y recibes ingresos por ello, es necesario cumplir con tus obligaciones fiscales.
Es cierto que existen casos de personas que no han tenido problemas por no darse de alta y simplemente imputarlo a rendimientos del trabajo. Los famosos "recibí".
Pero aquellos que han abusado de esto, se han tenido que ocupar de largos procesos administrativos para llegar a la misma conclusión. Justo o injusto, con la Ley en la mano es obligatorio emitir factura por cualquier trabajo que se realice, sea esporádico o habitual y para emitir una factura es necesario estar dado de alta si no quieres tener problemas con Hacienda.
¿Cuándo tomar la decisión de ser autónomo?
Pues de nuevo, basándote en el criterio de la habitualidad.
Es importante tener en cuenta que las obligaciones fiscales pueden variar según la naturaleza de la actividad y la cuantía de los ingresos obtenidos. Siempre es recomendable consultar con un asesor legal o fiscal para asegurarte de cumplir con todas las obligaciones legales y tributarias correspondientes.
Igualmente, ten en cuenta que podrás darte de alta y baja tantas veces como desees.
¿Cuándo se produce el Delito Fiscal?: cuando no declarar podría suponer pena de cárcel.
El delito fiscal es un escenario que todo emprendedor exitoso debería conocer.
En esta ocasión te compartiré varios ejemplos. Aunque hay dos que destacan especialmente.
El de las víctimas de alguno de los muchos "asesores" que hay por Internet y que prometen no pagar impuestos en España (ni en ningún sitio).
La estrategia es ya bien conocida por los juristas y abogados que nos dedicamos a ayudar a las víctimas de estos "asesoramientos". Comienzan sugiriendo montar empresas en otros países (Estados Unidos, Estonia, Dubai, Andorra, etc) bajo la promesa de que, con tu empresa "fuera del mapa" van a ser todo ventajas. Si te encuentras con esto, pide referencias, títulos y audita a tus asesores. ¿Quiénes son? ¿De dónde salen? ¿Quién está detrás? etc.

Y el de los que directamente, ya sea por ignorancia o so pretexto de que los impuestos "son un robo", nunca se dan de alta y acumulan un tiempo de actividad irregular suficiente como para que en lugar de una infracción administrativa, hayan podido cometer un delito.
El concepto fundamental en cualquiera de los supuestos es que estaremos ante la comisión de un delito fiscal cuando el importe defraudado supera los 120.000 euros.
Además del umbral de 120.000 euros, existen tipos agravados del delito fiscal que pueden resultar en penas de prisión más severas, donde la creación de empresas o sociedades pantalla u otros mecanismos de evasión fiscal podrán ser considerados como agravantes por uso de instrumentos ficticios o falsos con intención de cometer fraude.
A continuación, presentamos un cuadro que resume los umbrales para el delito fiscal y los tipos agravados, junto con sus respectivas penas de prisión:
Importe defraudado | Delito Fiscal | Pena de Prisión |
---|---|---|
Más de 120.000€ | Sí | 1 a 5 años |
Más de 600.000€ | Agravado por cuantía | 2 a 6 años |
Pluralidad de Sujetos Pasivos Involucrados | Agravado por Pluralidad de Sujetos Pasivos | 2 a 6 años |
Uso de Instrumentos Ficticios o Falsos | Agravado por Uso de Instrumentos Ficticios o Falsos | 3 a 6 años |

¿Qué errores debe evitar un emprendedor digital? Casos prácticos sobre fiscalidad
A continuación, examinaremos ejemplos concretos de cómo los emprendedores digitales, influencers y creadores de contenido podrían verse involucrados en interacciones con las leyes tributarias y de seguridad social, e incluso en el terreno del delito fiscal:
"El Influencer Internacional"
Imagina que un influencer con sede en España decide montar una empresa en el extranjero para aprovechar ventajas fiscales. Sin embargo, al no declarar adecuadamente sus ingresos en España, podría enfrentar problemas con las autoridades fiscales por evasión de impuestos.
"La Internacionalización sin Declaración"
Un emprendedor digital en España expande su negocio a nivel internacional pero no declara los ingresos generados en otros países. A medida que el negocio prospera, enfrenta el riesgo de ser penalizado por evasión de impuestos en diferentes jurisdicciones.
"El Freelancer No Registrado"
Ahora considera a un creador de contenido que ofrece sus servicios como freelancer, pero nunca se da de alta en la Seguridad Social ni en Hacienda. Aunque la tentación de evitar la burocracia puede ser fuerte, eludir estas obligaciones podría resultar en multas considerables y potenciales consecuencias legales.
"El Emprendedor Sin Alta"
Otro caso común es el de un emprendedor digital que establece un negocio en línea en España sin registrarse ni pagar impuestos. Conforme su negocio crece, podría enfrentar la posibilidad de ser acusado de delito fiscal debido a la falta de cumplimiento de las leyes tributarias si sus ingresos superan los umbrales comentados.
"La Startup Tecnológica en Apuros"
Una joven startup tecnológica creada por emprendedores digitales evita darse de alta en la Seguridad Social y Hacienda mientras busca inversores y desarrolla su producto. A medida que el éxito llega, también lo hacen los problemas legales que podrían comprometer su futuro.
"El Emprendedor Desprevenido"
Un emprendedor digital comienza a generar ingresos mediante la venta de productos en línea, pero no se da de alta en la Seguridad Social ni en Hacienda. A medida que las ventas aumentan, se enfrenta a la posibilidad de sanciones y multas significativas.
"La Red de Afiliados Oculta"
Un creador de contenido participa en programas de afiliados y recibe comisiones por las ventas generadas a través de su contenido. Sin embargo, no declara estas ganancias ni se da de alta en la Seguridad Social y Hacienda. A medida que las ganancias crecen, también lo hacen los riesgos legales.
Ello, con independencia de los posibles problemas que este tipo de modelo de negocio supone si no se cuenta con una estructura de compliance adecuada a las regulaciones sobre falsos autónomos o relaciones especiales.
"La Promesa de Ingresos Extra"
Un influencer promueve cursos en línea y asesoramiento personalizado sin estar dado de alta en la Seguridad Social y Hacienda. A medida que más seguidores se inscriben en sus servicios, se expone al riesgo, no solo de sanciones administrativas, sino de ser acusado de delito fiscal (caso de superar los umbrales) así como otras responsabilidades civiles y penales según el tipo de negocio y de asesoramiento que se encuentre prestando sin las debidas cautelas o soportes legales (ej. asesoramiento legal, financiero, fiscal, médico, etc).

Beneficios de Cumplir con las Obligaciones Legales
Más allá de las amenazas legales, cumplir con las obligaciones legales y fiscales ofrece una serie de beneficios para los emprendedores digitales.
Estos beneficios incluyen:
- Estabilidad y Seguridad: Estar en alta en la Seguridad Social y Hacienda brinda estabilidad financiera y seguridad legal. Tendrás acceso a servicios de salud y pensiones, además de protección en caso de accidentes laborales.
- Credibilidad: Operar dentro de los marcos legales aumenta la credibilidad de tu negocio. Tanto tus clientes como tus colaboradores confiarán más en tu profesionalismo.
- Evitar Multas y Problemas Futuros: Cumplir con las obligaciones legales evita multas y sanciones que podrían afectar gravemente tu negocio en el futuro.
- Ayudas y Subvenciones: los autónomos tienen a efectos comerciales la misma consideración que las empresas. Puedes saber más sobre esto en este artículo. En consecuencia, puedes optar a un elenco interesante de ayudas y subvenciones tanto a nivel nacional, comunitario como internacional. Desde ayudas al comienzo de actividad superiores entre los 3.500€ y los 12.000€, hasta concurrencias más sectoriales superiores al millón de euros o incluso premios de emprendimiento entre los 20.000€ y los 100.000€. Para saber más de esto no te pierdas nuestra newsletter la sección de ayudas y subvenciones del blog.
Igualmente, con el objetivo de impulsar la actividad por cuenta propia hay descuentos en la cuota de autónomo y subvenciones específicas si:
- Es tu primera alta como autónomo (Tarifa plana).
- Es tu primera alta como autónomo y realizas tu actividad en Cuenca, Soria y Teruel.
- Resides en Ceuta y Melilla.
- Estás en descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
- En situaciones de reincorporación tras el nacimiento de hija o hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela.
- Estás en situación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Si compatibilizas tu actividad autónoma con un trabajo por cuenta ajena.
- Trabajas en actividades de venta ambulante.
- Por creación artística.
Eres familiar colaborador de un trabajador autónomo.
- Eres familiar del titular de una explotación agraria.
- Contratas a otro profesional para facilitar tu conciliación de la vida profesional y familiar.
- Estás recibiendo una prestación de jubilación y estás de alta como autónomo.
Recursos Oficiales para Más Información
Si deseas obtener más información detallada sobre las obligaciones legales y fiscales, te recomendamos consultar las guías oficiales proporcionadas por las instituciones pertinentes:
- Seguridad Social: Accede a la guía oficial de la Seguridad Social para autónomos y profesionales en enlace para conocer los requisitos y pasos para darte de alta.
- Hacienda: Explora la guía oficial de Hacienda sobre la tributación de autónomos y profesionales en enlace para comprender tus responsabilidades fiscales.
Conclusiones
En un mundo digital lleno de oportunidades, es esencial navegar las aguas legales con conocimiento y cuidado. Las implicaciones de no estar en alta en la Seguridad Social y Hacienda son significativas, y las consecuencias pueden afectar tanto tu negocio como tu bienestar personal.
Como emprendedores digitales, debemos ser conscientes de nuestras responsabilidades legales y fiscales, aprovechando los beneficios de operar dentro de los marcos legales y construyendo un camino hacia el éxito sostenible y ético en el mundo digital.
Si tienes cualquier duda sobre este asunto, te esperamos en la sección de comentarios más abajo. Igualmente, no olvides que si necesitas asistencia profesional en el proceso de crear tu proyecto de negocio desde En Busca del Fuego contamos con procesos de mentorías 1 a 1 personalizadas de 12 meses, formaciones online sobre crecimiento empresarial bajo nuestra suscripción Ignition, así como con servicios profesionales de consultoría de negocio y asesoramiento legal tanto nacional como internacional.